La Ley 19/2009, de 23 de noviembre, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios modifica la Ley de Propiedad Horizontal. En concreto se añade un nuevo apartado 3 al artículo 17 de la LPH 49/1960, de 21 de julio.
Dicen que todo se construye, la realidad también. El cambio climático -y la temida crisis del petróleo- parece ser el motivo de esta modificación, que apunta un cambio en nuestra realidad cultural.
http://es.wikipedia.org/wiki/Veh%C3%ADculo_el%C3%A9ctrico
Nota: con fecha 21.10.2021 se ha aprobado el Real Decreto Ley 19/2021, de 5 de octubre, y dentro de las medidas adoptadas para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria residencial se modifica el art 17.2 de la Ley de Propiedad Horizontal requiriendo el voto favorable de la mayoría de los propietarios, que, a su vez representa la mayoría de las cuotas de participación, siempre que su coste repercutido anualmente, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas y aplicada en su caso la financiación, no supere la cuantía de nueve mensualidades ordinarias de gastos comunes. Todo ello para cuando se trate de la realización de obras o actuaciones que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética acreditables a través de certificado de eficiencia energética del edificio o la implantación de fuentes de energía renovable de uso común
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